Yuris es un despacho especialista en la reclamación de indemnizaciones originadas por accidentes de tráfico. Te ayudamos durante todo el proceso para que consigas la máxima indemnización.
Las indemnizaciones por los daños y perjuicios sufridos en accidentes de tráfico están reguladas mediante un sistema legal muy dinámico basado en un baremo que se actualiza anualmente donde se establecen las indemnizaciones básicas por muerte, incapacidad permanente y temporal, a las que se aplican unos factores de corrección en atención a la pérdida de ingresos, circunstancias familiares especiales, lucro cesante o circunstancias sociales u ocupacionales.
En muchas ocasiones la intervención de letrados profesionales está cubierta en las garantías de la póliza del vehículo, siendo prestado dicho servicio por la compañía aseguradora. Pero muchas veces, y por evitar conflicto de intereses, es recomendable que la reclamación de las posibles indemnizaciones la realicen letrados independientes que no estén adscritos a la propia compañía aseguradora. Por tanto, si la defensa jurídica está cubierta en tu póliza, tienes derecho a designar libremente el abogado que quieres que defienda tus intereses.
La reclamación de la indemnización por ambos tipos de perjuicio debe realizar por vía amistosa, reclamando dicha indemnización a la compañía aseguradora del vehículo responsable del accidente mediante una oferta motivada (tienen un plazo de tres meses) y en el caso de no recibir una respuesta satisfactoria a nuestras pretensiones se deberá acudir a la vía judicial (en el plazo de un año).
Tras un accidente de tráfico:
¿quién tiene derecho a una indemnización?
Si al sufrir el accidente de tráfico la responsabilidad es del vehículo contrario, tienes derecho a una indemnización por los daños y perjuicios que hayas sufrido, por eso, en Yuris queremos poner a vuestra disposición todos los puntos a tener en cuenta cuando se solicita una indemnización por accidente de tráfico.
Si has sufrido un accidente de tráfico y has resultado lesionado, tanto si eras conductor del vehículo no culpable, como ocupante de cualquier vehículo o inocente, o peatón, tienes derecho a recibir una indemnización por las lesiones temporales sufridas según varios conceptos. Estos vienen baremados en la Ley 35/2015 y cada año las cuantías establecidas en cada apartado indemnizable varían.
¿Qué se incluye en los daños personales?:
Perjuicio personal básico: son los días hasta la total curación que no hayan incapacitado al perjudicado para su ocupación o actividad habitual. Es la similitud de la baja médica (que no laboral).
Perjuicio personal particular: se considera que ha existido una pérdida temporal de calidad de vida y además hay que incluir la indemnización por perjuicio personal básico. Se tienen en cuenta tres categorías:
Perjuicio patrimonial:
Son secuelas aquellas deficiencias físicas, intelectuales, orgánicas y sensoriales y los perjuicios estéticos derivados de una lesión que permanecen finalizado el periodo de curación (alta médica), por tanto, un daño de duración indefinida.
Por tanto, si sufres alguna secuela tendrás derecho a indemnización por perjuicio personal básico, el perjuicio personal particular y el perjuicio patrimonial (daño emergente y lucro cesante).
Si has tenido algún percance de este tipo y te estás planteando reclamar, infórmate y estudiaremos la reclamación por daños materiales, físicos y psicológicos a la que tienes derecho. Nuestro equipo posee una amplia experiencia que garantiza la obtención de la máxima indemnización.