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Reclamar tarjeta revolving

Tarjeta Revolving: ¿Qué es? ¿Cómo reclamar? ¿interés usurero?

¿Necesitabas dinero y este bajó del cielo cuando paseabas por el metro? A menudo compañías como Cofidis, Vivus, Wizink o Cetelem utilizan estás técnicas (o similares) para ofrecer dinero rápido a aquellos que, por circunstancias personales, no pueden acceder a un préstamo más ventajoso. Si este es tu caso acude a nosotros. Yuris Group cuenta con profesionales expertos en Derecho Bancario, que analizarán tu contrato de tarjeta revolving dando a tu caso la solución adecuada. Reclamamos por ti lo pagado en exceso, consecuencia del alto interés de este medio de financiación.

1. ¿Qué es una tarjeta Revolving?

Altos intereses y escasa amortización de capital. Un buen resumen. Es un crédito para pequeñas compras con un altísimo interés. El pago de sus cuotas se alarga indefiniblemente porque estas se componen de un alto porcentaje de intereses y baja amortización.

La tarjeta revolving o préstamo Revolving es un sistema de financiación popular habitualmente utilizado por consumidores y usuarios. En general, este tipo de créditos ofrecidos por las entidades financiaras se plantean como una excelente alternativa, a la hora de adquirir dinero extra, sin embargo, es posible encontrar en ellos intereses usurarios.

2. Listado de tarjetas revolving

A continuación, indicamos una serie de empresas que emplean este medio de financiación:

  • Cofidis
  • Vivus
  • Wizink
  • Cetelem
  • La Caixa
  • Bankinter
  • Carrefour
  • Etc…

3. La reclamación por tarjeta

Son frecuentes las consultas y existen también dudas sobre los términos a emplear. Coloquialmente se habla de “anular” el contrato de la tarjeta revolving, de sus intereses “abusivos” o de su “estrategia fraudulenta”.  No obstante, la Sentencia clave para la reclamación por tarjeta revolving no habla en estos términos, sino que se centra en la nulidad del contrato por interés usurario, como más adelante se verá.

3.1. Documentos necesarios

  • Contrato original del préstamo: aportar el contrato tarjeta de crédito revolving es un elemento esencial para interponer la correspondiente reclamación o demanda. La identificación del posible interés usurario depende de la lectura del contrato. Debe contar con las firmas correspondientes y con la identificación de los pagos. En todo contrato de tarjeta mencionan la tasa de interés y el número de pagos estipulados.
  • Recibo de pagos abonados.

3.2 Fundamento de la reclamación. Sentencia del Tribunal Supremo el 4 de marzo de 2020.

La citada sentencia dio la razón a una consumidora, que solicitó la nulidad de su tarjeta revolving por su carácter usurario (con un interés inicial del 26,82 % TAE).  Antes de dar unas ideas clave sobre los argumentos del Tribunal Supremo, es necesario partir del artículo 1 de la Ley de Represión de la Usura.

«Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso».

Sobre cómo se tiene que articular esta nulidad por interés usurero, se pronuncia el Alto Tribunal:

  • Circunstancias de caso: Wizink Bank S.A. es demandada con objeto de un contrato de tarjeta de crédito revolving, que fijaba un tipo de interés inicial del 26,82 % TAE. En el momento de interposición de la demanda este ascendió al 27,24% TAE.

4. Primer requisito artículo 1. ¿Qué se entiende por un interés notablemente superior al normal?

Concepto de “Interés normal del dinero”: la referencia a seguir es el tipo de interés medio específico para operaciones de crédito mediante tarjetas de crédito y revolving. Este dato lo facilita el Banco de España, y en el caso enjuiciado superaba ligeramente el 20% de interés anual.

 El Supremo consideró que un 20% ya era de por sí suficientemente alto, y que la diferencia entre este y el establecido por contrato (26,82 % TAE) llevaba a una sola conclusión: el 26,82 % TAE era «notablemente superior».

 5. Segundo requisito artículo 1. Manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.

Según lo recogido en Sentencia, ha de valorarse las circunstancias que rodean la contratación de la tarjeta revolving.

  • ¿A quién se dirige el producto?: se trata de personas que pasan por una situación delicada de solvencia y no pueden acceder a otros créditos con mejores condiciones.
  • La fijación de un interés notablemente superior al normal, no se justifica por el alto riesgo de impagados de estas rápidas operaciones, dónde no comprueba la solvencia de quien las contrata.

6. Antecedentes sobre la Tarjeta revolving Sentencia del Tribunal Supremo, de 25 de noviembre de 2015.

Esta Sentencia fue la que abrió la puerta a las reclamaciones por interés usurario de tarjetas revolving. Su principal diferencia con la dictada en marzo de 2020 es:

  • Se partió de la base de que la referencia a tomar en cuenta como “interés legal del dinero”, era el tipo medio de las operaciones de crédito al consumo.

Como se ha visto, actualmente este criterio ha cambiado y se debe acudir interés medio específico para este tipo de operaciones de revolving.

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