La Ley en vigor hasta 2015 regulaba la percepción de cantidades a cuenta en la construcción y venta de viviendas exigiendo contratar un seguro o aval bancario para la devolución de las entregas a cuenta en caso de que la promotora tuviese problemas.
Esta Ley, exigía que las cantidades que el comprador entregara a cuenta se depositaran en el banco en una cuenta especial para que el promotor destinara a la construcción de la vivienda.