YURIS PRESENTARÁ CERCA DE 50 DEMANDAS POR LA OPS DE 2016 DE BANCO POPULAR EN LAS PRÓXIMAS SEMANAS
Yuris Legal ya ha presentado las primeras demandas de nulidad contra Banco Popular por error de vicio en el consentimiento en juzgados de Valencia, Madrid y otros ciudades españolas por la emisión de acciones de la ampliación de capital que llevó a cabo la entidad en junio de 2016.
Yuris, que sólo en las próximas semanas habrá interpuesto unas 50 demandas, solicita la anulabilidad de los contratos de adquisición de acciones así como la acción de responsabilidad civil al entender que la entidad facilitó información engañosa sobre sus estados contables y en el folleto informativo registrado con motivo del lanzamiento de dicha emisión de acciones.
Las demandas que nuestros despachos de abogados en Madrid y Valencia están presentando solicitan al juez la nulidad por error de vicio en el consentimiento por la transmisión de información falsa en el proceso de comercialización de las acciones de la OPS de 2016. “Con carácter subsidiario estamos solicitando también la acción de responsabilidad civil por falsedad del folleto informativo que emitió Banco Popular, derivada de artículo 28 de la Ley del Mercado de Valores, y por tanto la petición de devolución de la inversión al incumplir la entidad sus obligaciones” –explica Salvador Sastre, letrado de Yuris Legal sobre el fundamento jurídico de las demandas.
La suscripción de acciones de Banco Popular se produjo por la creencia de que la entidad emisora ostentaba una buena situación patrimonial y estaba generando beneficios. Dicha creencia vino propiciada por la información engañosa plasmada por Banco Popular en sus estados contables y en folleto informativo registrados con motivo del lanzamiento de su Oferta Pública.
Tales documentos no ofrecían una imagen fiel de su patrimonio, aunque venían respaldadas por un informe de la auditora PreisWaterhouseCooper, sociedad que acaba de ser sancionada el ICAC por su mala praxis en sus labores de autoría de otra compañía mercantil durante 2015, es decir, en el periodo inmediatamente anterior a la OPS del Popular. El equívoco se hizo mayor como consecuencia de las manifestaciones públicas de los directivos de la entidad y de los anuncios del aumento de capital difundidos en los medios de comunicación, así como por las recomendaciones realizadas por empleados del Banco a sus clintes.
“El Banco Popular faltó a su deber de informar con veracidad acerca de su situación financiera, en contravención de las normas de conducta del mercado de valores, ofreciendo una imagen distorsionada de su patrimonio y evitando con ello que los inversores pudieran tomar sus decisiones con un adecuado conocimiento de causa. Como consecuencia de ello, los suscriptores prestaron su consentimiento de forma errónea, inducidos por la falsa apariencia que generó la actuación engañosa y desleal de la entidad emisora”-Añade Salvador Sastre.
En todos los casos, los demandantes son inversores minoristas, que utilizaron sus ahorros particulares para la adquisición de las acciones, siguiendo la recomendación de inversión de la entidad bancaria en la que confiaban.