Gracias a nuestra gran experiencia, podemos ofrecer a nuestros clientes un servicio integral y multidisciplinar en todas las áreas referentes al Derecho de Familia. Consulta con nuestros expertos, te ayudaremos a encontrar la mejor solución para ti.
Áreas referentes a Derecho de Familia
Derecho de sucesiones y herencias
La falta de un familiar a menudo genera trámites a seguir y el desconocimiento de cómo hacerlo. Yuris Group cuenta con profesionales en quien poder confiar todas las dudas. Situaciones como el fallecimiento sin testamento o el querer reclamar una herencia son usuales. No dudes en contactar con nosotros, te asesoraremos sobre:
De aquí en adelante pueden encontrarse una serie de preguntas que normalmente se plantean en estas circunstancias. Las respondemos para ti.
¿QUÉ ES UN TESTAMENTO?
Es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos.
¿QUIÉN PUEDE OTORGAR TESTAMENTO?
Pueden testar todos aquellos a quienes la ley no lo prohíbe expresamente. ¿Cuáles son estas prohibiciones? Después de una respuesta tan ambigua, el Código Civil (C.C en adelante) prosigue diciendo que, estarán incapacitados para testar los menores de catorce años, y el que no se hallare en su cabal juicio. También remarca que el testamento hecho antes de la enajenación mental es válido.
¿QUÉ TIPO DE TESTAMENTO EXISTEN?
¿QUÉ PASA SI NO HAY TESTAMENTO? HEREDEROS FORZOSOS
Si la persona fallecida no testó en vida, el reparto de la herencia tendrá lugar, como regla general, bajo lo que dispone el C.C (no hay que olvidar que existen determinadas Comunidades Autónomas con derecho propio). El orden a seguir en la búsqueda de “heredero forzoso” es el siguiente:
El heredero forzoso dependerá de cada caso en concreto, pudiendo ser una averiguación sencilla o fuente de muchos problemas. Lo más recomendable es testar en vida, así aseguramos de que los bienes llegarán a las personas deseadas siempre que se haga dentro de la legalidad.
La declaración de herederos abintestato:
Si crees que puedes tener derecho a parte de la herencia, para la realización del trámite es necesario acudir a la Notaria. La Ley de Jurisdicción Voluntaria ofrece varias alternativas, siendo la más común la del lugar en que hubiera tenido el fallecido su último domicilio o residencia habitual. A continuación, se necesita:
LA IMPUGNACIÓN DEL TESTAMENTO
Esta posibilidad es para aquellos que no estén conformes en todo o en parte con el contenido del testamento del fallecido. No obstante, hay que saber que no se puede impugnar por cualquier causa, sino que hablamos de motivos tasados recogidos en el C.C.
Si crees que puedes encontrarte en alguna de estas situaciones, no dudes en contactar con nosotros.
Divorcio y separación
Si has decidido poner fin a tu relación, desde Yuris Group damos respuesta a todas tus dudas y te ayudamos a valorar tus mejores opciones, tanto jurídicas como personales. Contáctanos para
conocer:
El procedimiento adecuado para ti.
Si no cabe una solución amistosa, el despacho te guiará. Llevaremos el asunto a juzgado pasando por:
Hemos querido preparar una serie de preguntas básicas que pueden surgir en estos momentos.
Ante cualquier duda contacta con nosotros.
Custodia
En función de lo que es mejor para los hijos menores, existen dos modalidades de custodia.
Monoparental: Atribuida solo a uno de los progenitores, genera para el no custodio derecho de visitas y estancia.
Compartida: Ambos progenitores participan en igualdad de condiciones en la crianza, educación y correcto desarrollo de los hijos menores.
Siempre se pretende favorecer la estabilidad de los menores evitando alterar su rutina en la medida de lo posible. Para ello Yuris Group cuenta con profesionales especializados en los siguientes trámites:
Con respecto al régimen de visitas.
Pensión de alimentos
¿QUÉ ES LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
Se trata de una cuantía mensual que se acuerda judicial o extrajudicialmente (mediante pacto entre los progenitores) para el sustento de los hijos menores. La cuantía puede variar en función de la situación económica del progenitor no custodio, y es modificable a posteriori si se acredita que han variado sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta para acordarla. No vale cualquier variación, un ejemplo claro podría ser cuando el progenitor no custodio se queda en paro.
La fijación de la cuantía de la pensión de alimentos, así como su complimiento posterior por parte del progenitor no custodio es siempre tema de preocupación. Si bien es recomendable alcanzar un acuerdo entre los progenitores para establecerla, no siempre es posible. Ante la actitud reacia a pactar, o el impago de la misma, no queda más remedio que acudir a los Tribunales.
Contamos con profesionales con mucha experiencia en este tipo de cuestiones, los cuales te asesorarán sobre:
Para más información, a continuación, resolvemos algunas preguntas habituales.
GASTOS EXTRAORDINARIOS
Si bien lo que se contempla en la pensión de alimentos son gastos ordinarios, no será la primera vez que aparezcan gastos extraordinarios como por ejemplo la necesidad de ortodoncia. Este tipo de imprevistos no están concretamente determinados en la sentencia de separación o divorcio, pero lo usual es que se abonen al 50%.
ME HE DIVORICADO Y NO PAGA LA PENSIÓN FIJADA EN SENTENCIA
En este caso existen dos opciones legales a tener en cuenta:
“Lo dispuesto en el artículo anterior no será de aplicación cuando se proceda por ejecución de sentencia que condene al pago de alimentos, en todos los casos en que la obligación de satisfacerlos nazca directamente de la Ley, incluyendo los pronunciamientos de las sentencias dictadas en procesos de nulidad, separación o divorcio sobre alimentos debidos al cónyuge o a los hijos o de los decretos o escrituras públicas que formalicen el convenio regulador que los establezcan. En estos casos, así como en los de las medidas cautelares correspondientes, el tribunal fijará la cantidad que puede ser embargada.”
Incapacitación
Desgraciadamente situaciones de personas de la tercera edad que sufren algún tipo de enfermedad mental que le haga no poder tomar decisiones por sí mismos, consumo de estupefacientes, alcoholismo, ludopatía y otros trastornos son habituales y afectan a muchos hogares. Coloquialmente lo primero que viene a la cabeza para intentar gestionarlas legalmente es la figura del “tutor”, pero desde Yuris Group sabemos que hay otras alternativas. No dudes en contactar con nosotros. ¿Qué ofrecemos?
Respondemos en las siguientes líneas una serie de preguntas que habitualmente surgen en estos casos. Esperamos que sean de ayuda y quedamos a disposición de resolver cualquier otra que pueda aparecer.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVER LA INCAPACITACIÓN?
De no existir ninguna de las anteriores, o si existen, pero no lo han solicitado, deberá hacerlo el Ministerio Fiscal.
CURATELA E INCAPACITACIÓN
Distinguir entre ambas figuras es fácil si se tiene claro lo siguiente:
¿QUIÉN PUEDE PROMOVER LA PRODIGALIDAD?
Sólo podrá ser instada por:
El proceso ante los tribunales para solicitar la incapacitación o la declaración de prodigalidad es el mismo. Se trata de un juicio verbal con especialidades. A continuación, se esquematiza lo más importante:
Nuestra experiencia nos avala. Contacta con nuestro servicio de profesionales para que podamos estudiar tu caso y valorar la mejor opción. En Yuris Group queremos ayudarte en tus situaciones pasadas, presentes y/o futuras.
Contacta con el despacho de Yuris Legal, en Madrid o en Valencia