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YURIS ACONSEJA PRUDENCIA ANTE LA OFERTA DE BONOS DE FIDELIZACIÓN DE BANCO SANTANDER

Yuris Legal Abogados aconseja prudencia y asesoramiento previo ante la oferta de Bonos Fidelización del Santander emitidos como compensación para accionistas y bonistas. Desde nuestro despacho, entendemos que es importante un buen asesoramiento antes de proceder a su adquisición, puesto que se trata de un producto no exento de riesgos.

Los accionistas disponen de un plazo de 3 meses para aceptar la propuesta efectuada por el Banco Santander, por lo que aconsejamos prudencia en la valoración, contrastando la información, habida cuenta de que se trata de obligaciones perpetuas, contingentemente amortizables y a voluntad exclusiva del Banco.

Podrán recibir esta compensación únicamente aquellos accionistas que han adquirido en el periodo comprendido entre el 26 de mayo de 2016 y el 21 de junio de 2016, así como a los titulares de Obligaciones Subordinadas emitidas en 2011, siempre que, mantengan en el Banco Santander en el momento de la compra de los bonos, una relación equivalente a la que tenía con la entidad colocadora de las acciones y/o las subordinadas.

Nos encontramos ante “productos complejos no convenientes para los clientes minoristas”, que tal y como advierte la propia entidad, cotizarán en el mercado secundario, lo que significa que presentan un claro riesgo de liquidez, además de dificultar su venta para los inversores. Es decir, la entidad no garantiza a los titulares de los Bonos de Fidelización que vayan a poder vender los Bonos si así lo desean, ni el precio al que podrán hacerlo.

Se trata de un producto de riesgo, puesto que tampoco se garantiza su remuneración, además de establecerse un orden de prelación en caso de concurso, liquidación resolución o insolvencia declarada del Banco, en la que el titular puede ver reducido total o parcialmente su valor nominal, sin tener derecho a pago o compensación alguna.

Una quita  del 40%

La adquisición de bonos, supondrá una quita de un 30%-40% con respecto a su valor nominal, según han valorado expertos ajenos a la entidad. Es conveniente tener en cuenta para aquellos que invirtieron entre 100.000 hasta 500.000€ la recuperación máxima será del 75%, y desde esa cifra del 50%.

Por último, todo aquel que adquiera estos bonos, se compromete a no emprender acciones legales contra el banco, y a cesar en ellas si ya estuviese en curso, como requisito indispensable.

Por todo ello, aconsejamos no precipitarse en la decisión de suscribir este Bono, y consultar e informarse de sus consecuencias.

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