COMPETENCIA MULTA A CAIXABANK, SANTANDER, BBVA Y SABADELL POR EL NEGOCIO DE DERIVADOS
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a las cuatro entidades financieras más relevantes “por concertarse para ofrecer derivados de tipos de interés en condiciones distintas de las pactadas con los clientes, en las que se especificaba que se contratarían en “condiciones de mercado”.
CaixaBank es la más castigada con 31,8 millones de euros, después está el Santander, con 23,9 millones, el BBVA, con 19,8 millones, y el Sabadell, con 15,5 millones. El organismo que preside José María Marín Quemada ha sancionado con el 10% de la cifra total de negocios al considerarse muy grave. . El expediente se abrió en abril de 2016 contra las cuatro entidades y desde entonces se han mantenido las investigaciones.
Estos derivados eran utilizados como instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés asociado a créditos sindicados para la financiación de proyectos, según la CNMC. “La investigación ha puesto de manifiesto que las entidades de crédito se ponían de acuerdo antes de realizar la oferta al cliente para fijar unas condiciones alejadas de las que se habían comprometido a proporcionar, dando a la vez la imagen de que cada una estaba consultando las condiciones de mercado”, dice la nota de la Comisión.
La conducta acreditada en la Resolución supone una infracción muy grave del artículo 1 de la Ley 15/2007, y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea durante al menos diez años (2006 hasta 2016).
Los hechos se investigaron a raíz de una denuncia presentada por una empresa dedicada a la promoción, construcción y explotación de parques e infraestructuras eólicas. Además, durante la investigación “se tuvo acceso a la documentación aportada por otras 22 empresas, correspondiente a 43 operaciones de derivados asociados a créditos sindicados contratados entre 2006 y 2016 para la financiación de proyectos (project finance)”. En estos casos, se utiliza los créditos sindicados cuando una empresa necesita un préstamo para financiar un proyecto o una inversión y como los bancos tienen límites de lo que pueden prestar, por la diversificación de sus riesgos de cartera, necesitan compartirlo.
En consecuencia, la CNMC conmina a las empresas para que en el futuro se abstengan de realizar conductas como la acreditada. La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde su notificación.